Áreas Manejo Hábitat

Categoría IV -Áreas de Manejo de Hábitat/Especies

La Ley 202-04 no describe específicamente esta categoría. En su artículo 13 se reconoce un solo tipo:

  1. Refugio de Vida Silvestre
  2. Santuario Marino

Esta categoría corresponde a la Categoría IV de la UICN, definida como: “Área terrestre y/o marina sujeta a intervención activa con fines de manejo, para garantizar el mantenimiento de los hábitat y/o satisfacer las necesidades de determinadas especies.

Para ver mapas de estas áreas, vea el Mapa Áreas Protegidas (versión 2024) del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (enlaces llevan a mapas de los mismos del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales).

Refugios de Vida Silvestre

  1. Bahia de Luperón
  2. Cayos Siete Hermanos
  3. Cueva de Los Tres Ojos de Santo Domingo
  4. El Cañón Río Gurabo
  5. Gran Estero
  6. Humedales del Bajo Yaque del Sur
  7. La Gran Laguna o Perucho
  8. Laguna Cabral o Rincón
  9. Laguna San José
  10. Laguna Mallén
  11. Laguna Prieta
  12. Laguna Saladilla
  13. Lagunas de Bávaro y El Caletón
  14. Lagunas Redonda y Limón
  15. Manglar de la Jina
  16. Manglares de Puerto Viejo
  17. Ría Maimón
  18. Río Chacuey
  19. Río Dulce
  20. Río Higuamo
  21. Rio Soco

Santuarios Marinos

En la actualidad hay tres santuarios marinos en el país:

  1. Santuario Marino del Norte
  2. Arrecifes del Sureste
  3. Arrecifes del Suroeste

Regresar al Sistema de Áreas Protegidas