Decreto 31 de 1987
El decreto 31 del 14 de enero de 1987 declara la cigua palmera como ave simbólica nacional..
Joaquín Balaguer
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 31-87
CONSIDERANDO que la Cigua Palmera es una especie exclusiva de la isla;
CONSIDERANDO que es el único miembro existente de la familia “Dulidae”, de la clase ave;
CONSIDERANDO que es una especie que ofrece un alto interés científico mundial y que todavía se desconoce su relación o parentesco con otras especies de la avifauna;
CONSIDERANDO que dicha especie constituye un patrimonio zoológico del territorio insular;
VISTA la Resolución No. 654, del 11 de septiembre de 1941, aprobatoria de la Convención para la Protección de la Flora, de la Fauna y de las Bellezas Escénicas Naturales de los países de América, suscrita por la República Dominicana en Washington, E.U.A. en 1940.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se declara la Cigua Palmera (Dulus dominicus), el ave nacional dominicana..
PÁRRAFO.- Esta especie queda protegida con veda permanente.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Agricultura, al Patronato del Parque Zoológico Nacional y al Patronato del Museo de Historia Natural, a fin de que pongan en práctica todas las medidas de protección, investigación y difusión, en conformidad con el presente Decreto.
Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los CATORCE (14) días del mes de ENERO del año mil novecientos ochenta y siete, años 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
Joaquín Balaguer
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