Decreto 571 – Artículos 27-28

Decreto No. 571 artículos 27-28

ARTÍCULO 27.- Se crea el Santuario Marino Arrecifes del Sureste con el propósito de conservar el hábitat natural y los ambientes especiales que se forman a lo largo de la plataforma continental del sureste de la Isla La Hispaniola, comprendido entre el Canal de la Mona (al este de Cabo Engaño) y la porción marina existente al sur de la desembocadura del Río Higuamo, espacio de encuentro y albergue de numerosas especies marinas con diferentes grados de amenaza como el Tiburón Peregrino (Cetorhinus maximus), el segundo pez más grande del mundo, inscrito en la Lista Roja de animales amenazados de extinción y reportado en estas aguas territoriales dominicanas desde la década de los años 90 del Siglo XX, el cual, junto al manatí (Trichechus manatus) y a las tortugas marinas, es actualmente acosado por el hostigamiento y la captura indiscriminada.

Párrafo I: Los límites de esta área protegida están definidos por las siguientes coordenadas:

Se establece como punto de partida la desembocadura del Río Higuamo en las coordenadas 464958 mE, 2037112 mN; se sigue la costa en dirección Este hasta el límite marino del Parque Nacional del Este en las coordenadas 519710 mE, 2027019 mN; se sigue este límite hasta su término en Boca de Yuma en las coordenadas 541000 mE, 2031324 mN; se sigue nuevamente la costa hasta las coordenadas 570465 mE, 2059585 mN en Cabo Engaño; se pasa en línea recta 10,000 metros hacia el Norte hasta las coordenadas 570465 mE, 2069585 mN; se pasa en línea recta hacia el Este, unos 50 km, hasta línea fronteriza de la Zona Económica Exclusiva con Puerto Rico en las coordendas 622862 mE, 2069826 mN; se sigue esta línea hacia el Sur hasta isobata de -2000 m en las coordenadas 578928 mE, 2005724 mN; se sigue esta isobata hacia el Oeste, protegiendo la zona marina de nuestra plataforma continental hasta las coordenadas 464908 mE, 1983644 mN a unos 50 km de la desembocadura del Río Higuamo; se pasa en Norte franco hacia las coordenadas de partida 464958 mE, 2037112 mN.

Párrafo II: Estos límites encierran una superficie de 7,862.59 kilómetros cuadrados. El Dato Horizontal es North American Datum of 1927 (NAD27).

ARTÍCULO 28.- Se crea el Santuario Marino Arrecifes del Suroeste con el propósito de conservar el hábitat natural y los ambientes especiales que se forman a lo largo de la plataforma continental del suroeste de la Isla La Hispaniola, comprendido entre los humedales y salados de la desembocadura del Río Yaque del Sur y la porción marina que se extiende hasta el extremo sur del Parque Nacional Jaragua, espacio de encuentro y albergue de numerosas especies marinas con diferentes grados de amenaza como el Manatí (Trychechus manatus), delfines y decenas de especies más asociadas a los ambientes particulares.

Párrafo I: Los límites de esta área protegida están definidos por las siguientes coordenadas:

Se parte del extremo Sureste de la Laguna La Sierra en las coordenadas 282967 mE, 2026280 mN; se sigue la costa en dirección Suroeste hasta el límite marino del Parque Nacional Jaragua en Bahía Regalada coordenadas 257578 mE, 1975007 mN; se sigue en línea recta pasando por las coordenadas que delimitan el Parque: 261000 mE, 1973000 mN; 259000 mE, 1970000 mN; 254000 mE, 1957000 mN; 247000 mE, 1945000 mN; 218500 mE, 1933000 mN; hasta las coordenadas 215763 mE, 1943948 mN en la isobata -2000 m; se sigue esta isobata en dirección Sur y luego en dirección Noreste bordeando nuestra Plataforma Continental hasta las coordenadas 290444 mE, 1997396 mN; se pasa en línea recta hacia la isobata de -1000 m en las coordenadas 290656 mE, 2005914 mN; se pasa en línea recta hacia el punto de partida en las coordenadas 282967 mE, 2026280 mN.

Párrafo II: Estos límites encierran una superficie de 2,7107.88 kilómetros cuadrados. El Dato Horizontal es North American Datum of 1927 (NAD27).


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